Delitos contra la seguridad vial

La tutela de la seguridad vial se encuentra regulada en nuestro Código Penal a través de los delitos contra la misma. Aunque en el mes de marzo se realizó una modificación ?en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente?, hasta que se pueda mostrar el desarrollo de su tipicidad por los Tribunales, hemos realizado una amplia selección de resoluciones para delimitar el tipo, los medios de prueba, la pena y los posibles atenuantes o eximentes de cada figura delictiva.

Para el estudio de dichos delitos se ha dividido la selección en varios apartados. En primer lugar, se desarrollan los de peligro abstracto, que incluyen los derivados de conducción con exceso de velocidad, bajo los efectos del alcohol o drogas, de negativa a someterse a la prueba de alcoholemia o drogas, de conducción sin permiso y de grave riesgo para la circulación. En segundo lugar, los de peligro concreto, que se materializan mediante conducciones temerarias concretamente peligrosas para la vida o integridad de las personas, o el realizado con el plus de manifiesto desprecio por la vida ajena. Y se finaliza con el concurso de delitos, el decomiso y la rebaja de la pena de prisión.