Las familias monoparentales

La paulatina aparición en la escena jurídica de nuevos y diversos personajes -como las mujeres, primero, y, después, los consumidores, los componentes heterosexuales u homosexuales de las uniones de hecho, los propios homosexuales, los inmigrantes, etc.-, y su exigencia de una igualdad real quebraron el ideal jurídico decim onónico de unidad y de simple igualdad formal, y rompieron el ordenado y estrecho sistema jurídico clásico. Esas nuevas situaciones exigieron o exigen, hoy más que nunca, que el jurista -y el civilista en particular-, emplee una técnica jurídica renovada acorde con la sociedad distinta y variable en la que vivimos. Pero no sólo eso. Siendo el Derecho Civil el Derecho por antonomasia de la persona, el que configura el estatuto general de la persona en cuanto contempla su desenvolvimiento en lo que es común a todos los seres humanos 1 y atiende a la persona en cuanto tal, y a su situación y función generales dentro de la comunidad , el civilista actual debería abandonar la dogmática superflua e inútil y afrontar los problemas verdaderos de la persona de hoy. Deberíamos ser conscientes de q

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